"...Así visto el escrito de transacción cursante a los folios 12 al 20 y presentado por el ciudadano WILL RUIZ, titular de la C.I. V-11.049.419, asistido por el Abogado MARCOS CARRERO, IPSA Nº 217.409, en su carácter de parte oferida y la oferente FLETEVEN, C.A., en la persona de su abogado JESUS LEOPOLDO, IPSA Nº 97.802, y el cual se da aquí por reproducido, mediante la cual la Oferente paga a la oferida a su cabal y entera satisfacción la cantidad de DIECINUEVE MIL CIENTO SETENTA Y UN BOLIVARES CON OCHENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs.19.171,87), la que es pagada mediante cheque de Gerencia del Banco de Venezuela, Nº 00568596, de fecha 13-12-2013, a nombre del trabajador, y dos pagos mas de Bs.55.154,00, que serán hechos en fecha 10-07-2014 y 11-08-2014, en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional presentado por las partes. En este estado este Tribunal de conformidad a lo establecido en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Traba.....