DISPOSITIVO
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesta por la parte actora contra el acta de fecha 03 de abril de 2017, emanada del Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE REVOCAN las actuaciones realizadas por el Juzgado Sexto (6°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial desde el 83 al folio 84, ambos inclusive. TERCERO: SE ORDENA remitir el presente asunto al Tribunal Trigésimo Noveno (39°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial Laboral con la finalidad que tramite y procese lo pertinente a la Declinato.....