Este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos DANIELA STELLMACHER DE MORALES y JOEL RODRIGO MORALES PAZ, la primera de nacionalidad extranjera y el segundo venezolano, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros E-83.587.459 y V-10.459.286, ambos respectivamente.SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos el 20 de mayo de 2011, ante el Registro Civil de la Parroquia Tocuyito del Municipio Libertador del Estado Carabobo, consignando a tales efectos copia certificada del acta Nº 109, del año de 2011.