Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del fallo este JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana De Venezuela y Por Autoridad De La Ley Declara: Primero: IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra el acto administrativo contenido en la providencia administrativa N° 0001-2017, dictada en fecha 16 de enero de 2017, por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, en donde se declaro con lugar el Reclamo por concepto de pago de Prestaciones Sociales y demás beneficios laborales, iniciado por el ciudadano Lisander J García H, titular de la cedula de identidad número: V-14.671.624, contra la entidad de trabajo Multiservicios Reca, C.A.
Segundo: No hay condenatoria en costas.