este Tribunal dictó IN EXTENSO el fallo del presente asunto: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano RODRIGO KOZMA QUERINI, por las actuaciones denunciadas en contra del Tribunal Cuarto (4°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial. En consecuencia, se ordena al Tribunal de Primera Instancia competente a que emita pronunciamiento sobre la solicitud de medida preventiva de régimen de convivencia familiar dentro de los 5 días de despacho contados a partir de que reciba copia certificada de la presente decisión. SEGUNDO: Este Juez de oficio REVOCA el auto de fecha 01/06/2017, y ORDENA sea oída a un efecto la apelación ejercida en fecha 25/05/2017 por los apoderados judiciales del ciudadano RODRIGO KOZMA QUERINI, otorgándose 5 días de despacho contados a partir de que reciba copia certificada de la presente decisión.-