A través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA el Tribunal decretó la SEPARACIÓN DE CUERPOS, de los ciudadanos NÉSTOR EDUARDO ANDRADE UZCATEGUI y MARÍA FERNANDA FALCÓN ESPINOZA, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.470.763 y 16.583.137, respectivamente; en los mismos términos y condiciones por ellos expuestos, por no ser contrarios al orden público o las buenas costumbres, de conformidad con lo previsto en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 y 765 del Código de Procedimiento Civil.