DECISION
Por todas las razones antes expuestas este Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas actuando como Tribunal Constitucional declara: PRIMERO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano JUAN CARLOS FENANDEZ BARRIOS contra LA FUNDACIÓN DE ALIMENTOS ESTRATEGICOS (FUNDAPROAL). SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.