Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas, en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley expresamente declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la presente apelación interpuesta en fecha 19 de julio de 2006, por la abogado ROSA ELVIRA MIRABAL, actuando en representación de la sociedad mercantil PROYECTOS MARINOS ORIENTALES, C.A.
SEGUNDO: Se confirma la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas, en fecha 17 de julio de 2006, en la que se declaró improcedente el Remate Anticipado del Buque "STAR" , solicitado por la parte actora apelante en fecha 14 de julio de 2006.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena a la parte apelante al pago de las costas procesales.
Se ordena dejar copia certificada de la presente decisión, a los fines de su archivo.....