Se practicó medida de embargo preventivo, sobre el 50 % las acciones clase "B", pertenecientes al ciudadano JOSÉ CLEMENTE FRANCO GATISTA, declarando su desposesión jurídica, dejándolas en posesión del ciudadano RAFAEL BENÍTEZ, representante legal de la Depositaria Judicial designada, quien se compromete a cumplir con todas y cada una de las obligaciones establecidas en la Ley sobre Depósito Judicial y demás Leyes de la República. Asimismo ordena estampar en el libro de accionistas numero 10, folio cincuenta y siete (57) de esta empresa la nota respectiva.