DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el ciudadano FRAN ACOSTA, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada en contra, en contra de la decisión de fecha veintinueve (29) de octubre de 2007 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en la demanda incoada por el ciudadano JOSE CACERES contra COMPLEJO EDUCATIVO VARGAS C.E.V. C.A.