DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 447 y 448 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el abogado LUIS ARGENIS VIELMA, Defensor Privado del ciudadano ANDRES ELOY RONDON MOSCO, con fundamento en el artículo 447 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión de fecha 10 de octubre del presente año, dictada por ante el Juzgado Séptimo (7º) de Primera Instancia en funciones de Control de este mismo Circuito Judicial Penal.
SEGUNDO: ADMITE la contestación presentada por la Abogada LUISA MONGUA, en su carácter de Fiscal Auxiliar Décima Sexta del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, a la apelación presentada.....