En consecuencia, este Juzgado Vigésimo Tercero (23) Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas LO HOMOLOGA dándole efecto de Cosa Juzgada, todo ello con motivo de la oferta real de pago realizada por la parte oferente INVERSIONES HOLLYWOOD CLUB C.A a favor de la parte oferida ciudadano PEDRO GRATEROL, se declara concluido el presente procedimiento y luego de transcurridos cinco (5) días hábiles siguientes a la presente fecha, sin que esta decisión haya sido objeto de recurso alguno, se procederá a ordenar el cierre informático y el archivo del expediente. Así mismo vista la solicitud de (01) juego de copias certificadas de la transacción y del auto de homologación, en consecuencia, este Juzgado acuerda lo solicitado de conformidad a lo establecido en el ordinal 3 del articulo 21 de la Ley Orgánica Procesa del Trabajo, por lo que se insta a la parte oferente a consignar las copias simples a los fines de.....