Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- INCOMPETENTE, para conocer de la demanda de nulidad ejercida conjuntamente con amparo cautelar por el ciudadano ANGEL ALBERTO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-12.864.984, debidamente asistido por el abogado Orlando Meneses Manzano, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 73.276, contra la RECTORÍA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, en virtud de la Resolución N° 02-2013, de fecha 04 de abril de 2013, emitida con carácter obligatorio por la ciudadana Victoria Vallés de Millán, en su carácter de Jueza Rectora de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, según los motivos explanados en el presente fallo.
2.- DECLINA la competencia a las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administra.....