La Suspensión Condicional Del Proceso, al Ciudadano OLEARIO DE JESÚS SOTO MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad Nº 2.741.271, de conformidad con lo establecido en el artículo 43 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por el lapso de UN (01) AÑO contados a partir de la presente fecha 19/11/2014, culminando el mismo el día 19/11/2015. Debiendo cumplir con las siguientes condiciones: 1.- Acudir a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario a los fines que le designe un delegado de pruebas, quien controlará y vigilará el cumplimiento de las condiciones por el lapso de Un (01) año. 2.- Asistir al Equipo Multidisciplinario –Servicio Auxiliar de estos tribunales a los fines de ser incorporado en los programas – charlas y talleres relacionados en materia de violencia de género. 3.- Realizar Seis (06) Labores Sociales a favor del estado, ante el Consejo Comunal don.....