DISPOSITIVA
En este orden de ideas, este Tribunal Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, procede a HOMOLOGAR LA PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE BIENES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL, existentes entre los ciudadanos FRANCISCO JOSE ALAMO GARCIA y LUZ MARINA GODOY SANCHEZ, el primero de nacionalidad española y la segunda venezolana, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números E-81.388.530 y V-8.036.769 respectivamente, en la forma por ellos convenida en su escrito de Transacción de fecha 12/11/2015, de conformidad con el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil..
Como consecuencia de la homologación y adjudicación antes señalada, se declaró disuelta y extinguida la comunidad de los bienes conyugales ya descritos en esta sentencia.
De conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda, expedir dos (2) juegos de copias cert.....