DISPOSITIVO
En mérito a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SE CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el Territorio Nacional a la sentencia de divorcio no contenciosa, emanada del Tribunal de Circuito para el Condado de Montgomery, Estado de Maryland de los Estados Unidos de Norte América, en fecha seis (06) de marzo de dos mil nueve (2009), que declaró disuelto el matrimonio existente entre los ciudadanos JOSÉ ALEJANDRO ROJAS y MAGDA INES ROJAS CHAVES, ante el ayuntamiento de Chatou Departamento de Ivelines de la República de Francia, Inserto según acta distinguida con el Nº 17, de fecha nueve (09) de febrero de mil novecientos ochenta y nueve (1989), ante la oficina de Registro Civil de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario, Municipio Baruta, Es.....