Este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL, DEL TRANSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la PERENCIÓN BREVE solicitada por la representación judicial de la parte demandada CHRISTOPHER LOUIS SCLIRIS. SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo, no hay especial condenatoria en costas de conformidad con lo previsto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.-