En fecha 20/01/11. Se declara CON LUGAR LA CONVERSION EN DIVORCIO de la SEPARACION DE CUERPOS, presentada por los ciudadanos SAÚL ENRIQUE NAZARET PEREZ MACHADO y GERALDINE JOSEFINA PINTO VARGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.197.703 y 14.005.568, respectivamente, conforme a lo previsto en el último aparte del artículo 185 del Código Civil. Y en virtud de ello, se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los prenombrados ciudadanos, quienes contrajeron matrimonio en fecha 10 de Abril de 2003 por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el Nro. 22.