Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE QUINTO (5º) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EN PRIMER LUGAR: SUSPENDER CONDICIONALMENTE EL PROCESO al acusado VICTOR JOSE BRITO VASQUEZ, por el lapso de SEIS (06) MESES, imponiéndole las siguientes condiciones de conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, a saber: 1.- La Ciudadana PATRICIA ESCALANTE NAVARRO deberá Acudir al Equipo Multidisciplinario con el fin de ser incorporado de que sea evaluada por la Psicóloga adscrita al equipo.
2.- Realizar SEIS (6) trabajos comunitarios a favor del Estado, en la Comunidad Indígena Manakri, en Puerto Ayacucho.
3.- Se mantienen las medidas de protección y seguridad.....