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Decisiones del dia 20/02/2009

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Quinto de Control L.O.P.N.A.
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 658-04 N° Sentencia : Fecha: 20/02/2009
Procedimiento:
Sobreseimiento Definitivo Lopna
Partes:
FISCAL 116 BENITO HERMAN PEINADO DEFENSA PUBLICA Nº 04 MARCO CIMINO
Resumen:
En efecto, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal con competencia en el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DEL PROCESO, seguido al ciudadano XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX a quien se le sigue causa signada bajo el Nº 658-04 (de la nomenclatura interna de este despacho), por la presunta comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Vigente para el momento de los hechos, de acuerdo a lo previsto en el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 615 de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescente.
Juez/Ponente:
María Baldo
Organo:
Tribunal Quinto de Control L.O.P.N.A.
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N° Expediente : 664-04 N° Sentencia : Fecha: 20/02/2009
Procedimiento:
Sobreseimiento Definitivo Art. 568 Lopna
Partes:
FISCAL 116 DEL MINISTERIO PUBLICO ABG. BENITO HERMAN PEINADO DEFENSA PUBLICA Nº 04 MARCO ANTONI CIMINO JEREZ
Resumen:
Siendo que en el presente caso el tribunal declaro al imputado en rebeldía el 29 de marzo de 2005, tal y cual como se desprende de las actuaciones, hasta el día de hoy ha transcurrido un lapso mas que suficiente para que opere la prescripción de la acción penal para perseguir y castigar el mencionado delito, por lo que, debe concluirse que el paso del tiempo ha destruido la posibilidad, en el presente caso, de sancionar al presunto culpable del mismo, en tal sentido, habiendo transcurrido el tiempo exigido para que se produzca la prescripción de la acción penal para perseguir y castigar el delito imputado, el delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Vigente para el momento de los hechos, sin que se haya producido la interrupción de la misma por ningún acto de los previstos en la Ley Sustantiva Penal, lo procedente en este caso, en uso de la atribución conferida en el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Pena.....
Juez/Ponente:
María Baldo
Organo:
Tribunal Quinto de Control L.O.P.N.A.
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