DECLARA: SIN LUGAR: la defensa de PRESCRIPCION DE LA ACCION opuesta por la demandada. En consecuencia se declara: PARCIALMENTE CON LUGAR: la demanda incoada por el ciudadano MIGUEL ANGEL GONZALEZ LANDA, venezolano, mayor de edad de este domicilio titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.098.345, contra CORPORACION VENEZOLANA DE TELEVISION C.A. (VENEVISION), inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nº 43, tomo 21-A, de fecha 7 de julio de 1960. En consecuencia se ordena a la parte demandada:
PRIMERO: Cancelar los conceptos señalados en la parte motiva del presente fallo, los cuales deberán ser calculados mediante experticia complementaria del fallo, a cargo de un único experto cuyos gastos serán sufragados por ambas partes.
SEGUNDO: Se ordena la corrección monetaria sobre el monto condenado a pagar, por tratarse de una deuda de valor, a los fines de restablecer el valor perdido como consecuencia de la devalua.....