DISPOSITIVA
Es Por todo los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Ejecución para el Régimen de Responsabilidad Penal del Niño y del Adolescente, en uso de sus atribuciones legales y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 645, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ACUERDA EL CESE DE LAS MEDIDAS DE LIBERTAD ASISITIDA Y REGLAS DE CONDUCTA, impuesta por este Juzgado en fecha 20.04.05, por el lapso de un (01) año, diez (10) meses y quince (15) días, por haber transcurrido el lapso por el cual fueron fijadas dichas medidas y en virtud de haber cumplido con las obligaciones que le fueron impuestas, de conformidad con lo establecido en el articulo 645 y 647 Literal H ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y en consecuencia SU LIBERTAD PLENA quedando así ratificada mediante la presente motivación la decisión tomada en audiencia de esta misma fecha. Y ASI SE DECLARA. Quedando notifi.....