DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Tercero Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación de la parte actora en contra de la sentencia, de fecha 14-06-2005, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial; SEGUNDO: SIN LUGAR la falta de cualidad opuesta por la demandada CONDOMINIOS CORDILLERA S.R.L; TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ISABEL MARIA MEJIAS SANOJA contra CONDOMINIOS CORDILLERA S.R.L. CUARTO: SE MODIFICA el fallo apelado dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Car.....