En base a las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la ley, DECLARA: ÚNICO: CON LUGAR la inhibición planteada por la Dra. Lisbett M. Bolívar Hernández, Juez del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio incoado por el ciudadano SERGIO LA TORRE contra la Sociedad Mercantil MULTIMUEBLES 212 C.A (CENTURY 21 LA TRINIDAD) y la ciudadana MARIA DE LOS MILAGROS JIMENEZ PATIÑO.