Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INEXISTENTE, el recurso de apelación ejercido en fecha 01 de marzo de 2016, por el abogado CARLOS MILANO FERNÁNDEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 130.009, realizada el 1 de marzo de 2016, contra la decisión de fecha 22 de febrero de 2016 dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en virtud de constar en actas la revocatoria de su mandato como representante de la parte actora, previo a la interposición del recurso.
SEGUNDO: FIRME, la sentencia de fecha 22 de febrero de 2016 dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civi.....