Cumplidos como han sido los requisitos de ley en este juicio y por las razones que han sido expresadas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso tributario ejercido subsidiariamente al recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Livio Luis Grosso Lucoli en su carácter de Representante Legal de la contribuyente LA CASA DE LA NOVIA LA GUAYABERA, C.A., contra Resolución (Multa Artículo 108 del Código Orgánico Tributario) N° HRCO 423-500-591 emanada de la Dirección General de Rentas, Administración de Hacienda, Región Centro Occidental del Ministerio de Hacienda (hoy Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Centro Occidental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria SENIAT) en fecha 01-06-1994 y la Planilla de Liquidación Nro. 031063000614 de fecha 01-06-1994.