DISPOSITIVO
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación presentado con fundamento en el artículo 447 numeral 5° del Código Orgánico Procesal Penal, por la abogada VERONICA SOTO DE OVALLES, en su carácter de Defensora Pública (40º) del Area Metropolitana de Caracas, defensora de la acusada RENDON DE CARAMANICO SILA, se REVOCA la decisión dictada en fecha 21 de enero del presente año, por el Juzgado Décimo (10º) de Primera Instancia en funciones de Juicio de este mismo Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó prescindir del acto de la constitución del Tribunal Mixto, asumiendo el poder jurisdiccional de la causa seguida contra la supra mencionada ciudadana, y se ordena al tribunal proseguir con las convocatorias a los fines de Constituir el Tribunal Mixto, de c.....