Se dictó sentencia que en aras de preservar el debido proceso y la tutela
judicial efectiva, garantías consagradas en Nuestra Carta Magna, visto
los vicios denunciados por la Fiscal del Ministerio Público y por las
partes intervinientes, tal como se desprende de la diligencia de fecha
09 de Diciembre de 2010 (Vid. Folio 78, 2° pieza), esta Juez del
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial
de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción
Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción
Internacional, considera que lo ajustado a derecho en el caso de autos
es remitir el asunto al Tribunal Sexto (6°) de Primera Instancia de
Mediación, Sustanciación y Ejecución (Extinto Juzgado Unipersonal N°
09), a objeto que se dé inicio a la Fase de Sustanciación de la
Audiencia Preliminar, a tenor de lo previsto en el artículo 475 de la
Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes,
garantizando de esta forma.....