CON LUGAR, la inhibición planteada por la Dra. NURYVEL A. PEÑA GONZALEZ, actuando en su carácter de Jueza del Tribunal Sexta (6°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante acta de fecha veintitrés (23) de abril de dos mil trece (2013). SEGUNDO: En atención a que la presente decisión no tiene recurso alguno, conforme al artículo 45 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena remitir a la Dra. NURYVEL A. PEÑA GONZALEZ, copia certificada de la presente decisión así como la totalidad de la presente incidencia para su debida información, en los términos expuestos en Sentencia Vinculante Nº 1175, emitida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 23/11/2010, con Ponencia de la MAGISTRADO CARMEN ZULETA DE MERCHÁN, Expediente Nº 08-1497.