Dadas las anteriores reflexiones y analizados los documentos producidos en autos, concluye este sentenciador que el demandante demuestra fehacientemente la condición de propietario y la comunidad existente con la demandada ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE sobre los bienes descritos en el libelo de la demanda en los numerales 1º y 2º, como una casa construida de paredes de bloque, techo de acerolit, piso de cemento pulido, dividida en tres habitaciones, una sala, una cocina, un baño y un corredor; y el segundo como un corral edificado en la adyacencias del "El Vendaval". Así como es demostrado la propiedad y comunidad sobre el hierro quemador de la marca 15. No logrando demostrar mediante título suficiente, la existencia, propiedad y comunidad de los bienes descritos en el libelo bajo los numerales 3º, 4º, 5º, 6º y 7º relacionados a una piscina; una cochinera, un inventario de herramientas agrícolas; un rebaño de ganado y la propiedad de la finca "El Vendaval", razón por la cual aprecia este.....