De manera que, se observa que el actor tenía dos demanda en contra la misma empresa en Tribunales diferentes, y dado el acuerdo transaccional realizado entre las partes en el referido Juzgado, donde la demandada ofreció a la actora el pago de sus Prestaciones Sociales, correspondiendo la cancelación total de la obligación contraída con éste durante la prestación de servicios, y por cuanto el actor mostró conformidad con la prepuesta en comento, y aceptó el pago ofrecido, y visto que no hay razón de ser de continuar con el presente juicio, es decir, inoficiosa seguir con los pasos legales de la presente demanda, en consecuencia, homologa el desistimiento del procedimiento y de la acción, se le imparte su homologación en los términos expuestos, da por terminado el presente juicio, y ordena el archivo del expediente.- CUMPLASE.-