DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el reclamo de la experticia complementaria del fallo interpuesta por el abogado Ibrain Rojas en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada contra la experticia complementaria del fallo presentada por el Licenciado Francisco Villegas en fecha 25 de febrero de 2016, por encontrarse ajustado a lo ordenado en la sentencia dictada en la presente causa; por lo que la parte demandada deberá cancelar a la actora la cantidad de SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS VEINTIUN BOLÍVARES CON SETENTA Y DOS (Bs. 72.521,72). No hay condenatoria en costas por la naturaleza del presente fallo. Dado, firmado y sellado en la Sala del despacho del Juzgado.....