Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por Gustavo Adolfo Añez Torrealba, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 21.112, actuando en su carácter de apoderado judicial de INVERSIONES NEW TOWN, C.A. contra la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA Y UNIDAD DE ARRENDAMIENTO DE LOCALES COMERCIALES, denunciando como presuntos agraviantes a José Rafael Jiménez Villasana y Leocarina Márquez.