este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la impugnación de la experticia complementaria del fallo interpuesta por la parte actora, ciudadano CARLOS GUSTAVO RIVERO URBINA contra la Sociedad Mercantil COMPAÑÍA ANONIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV); en consecuencia, la parte demandada deberá cancelar la cantidad de VEINTISEIS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y UN BOLIVARES CON NOVENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs.26.674.631,97).
Publíquese, Regístrese y Déjese copia.
Dado, firmado y sellado en la Sala del despacho del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Cara.....