El Tribunal a través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA declaró la IMPROCEDENCIA EN DERECHO de decretar la Medida de Secuestro sobre el inmueble constituido por una casa distinguida con el N° 67-1, ubicada en el lugar denominado Altos de Cútira, Avenida Principal de Los Frailes de Catia, Jurisdicción de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, la cual fuera solicitada por la parte actora, en el juicio que por DESALOJO intentara GIUSEPPE PAESANI DI FEBRO contra la ciudadana MARIA ELENA SEVERINI; dado que en dicho juicio, no se verifican de forma concurrente los extremos legales exigidos para la procedencia de la misma establecidos en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil.