declara el DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN en la pretensión de Resolución de Contrato de Venta con Reserva de Dominio, deducida por la sociedad mercantil Automotriz Corralito C.A., en contra del ciudadano José Luis Díaz Peña, en atención a los lineamientos expuestos en la sentencia N° 956, dictada en fecha 01.06.2001, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y, en consecuencia, se declara EXTINGUIDO el proceso