....este Juzgado Trigésimo Segundo (32º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: SE HOMOLOGA, la transacción presentada por la parte demandada Entidad de Trabajo CENTRO NACIONAL DE ORTODONCIA ( C.N.O) y TERCERO: COOPERATIVA SALUDPRO, R.L., representada por su apoderada judicial MARIA GABRIELA PIÑANGO LABRADOR, IPSA Nº 124.870. APODERADA DEL TERCERO: ESPERANZA LOURDES CHACON VALECILLOS, IPSA Nº 95.026 y la parte actora JOFRE ADAN TORRES SOLANAS, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.011.677, representada por su Apoderado Judicial JESUS RODRIGUEZ ALBORNOZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 64.027.
No hay condenatoria en costas conforme al parágrafo único del artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se establece.