Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Asimismo, en este acto se da por terminada la presente causa y se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Finalmente se hace constar de la comparecencia de la ciudadana GERALYS DEL VALLE GAMEZ., inscrito en el IPSA bajo el N° 129,699, Sustituta de la Procuradora General de la República, actuando en representación del MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE ENERGIA Y PETROLEO, solo a los fines del desistimiento manifestado por la parte actora, en la presente transacción. Se hacen cuatro (04) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
La Juez
LETICIA MORALES VELASQUEZ
Por FUNDELEC: .....