SE declara: PERECIDO EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por el abogado FAIEZ ADBUL HADI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 15.164, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana FRANCIS MAURY RIVERA PINO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-13.866.941, contra la decisión dictada en fecha 07 de junio de 2011, por la Jueza del Tribunal Cuarto (4°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, de conformidad con lo establecido en el último aparte del Artículo 488-A de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.-
Publíquese, regístrese, y una vez quede firme la presente decisión, remítase junto con oficio el presente expediente al Tribunal de la causa.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL.....