DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado Vigésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente caso, ordenándose la notificación de la parte actora, a los fines de garantizar a ésta el ejercicio de los recursos correspondientes, ordenándose cierre y archivo del expediente una vez transcurrido el lapso legal para el ejercicio de los recursos.
La Jueza
El Secretario
Abg. Beatriz Pinto C
Abg. Héctor Rodríguez
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