En este estado la ciudadana Juez señalando la obligación de satisfacer otras actuaciones administrativas de similar importancia y atendiendo lo avanzado de la hora, acuerda con la anuencia de las partes el aplazamiento del presente debate, a los fines de reanudarse a las diez horas de la mañana (10:00am) del día 28-11-06, convocando a las partes para la reanudación en la data in comento, a tales efectos líbrese las correspondientes boletas de citaciones y remítanse anexas a oficio del organismo correspondiente, con el objeto de localizar y citar a las personas que han de intervenir en esta fase procesal en sus cualidades de expertos, peritos, testigos, etc., quedando así notificadas las partes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Se declara concluida la audiencia siendo las doce y cuarenta minutos de la tarde (12:40 pm). Es todo, terminó, se leyó y conformes firman::::....................................................
LA JUEZ
MAR.....