En mérito de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley. SE DECLARA:
Con Lugar, el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por los abogados MARIA F. ZAJIA y JUAN CARLOS BALZAN, debidamente inscritos en el inpreabogado bajo el Nº 32.501 y 64.246, respectivamente, procediendo en el carácter de apoderados judiciales de la COMPAÑÍA ANONIMA NACIONAL DE TELEFONOS DE VENEZUELA CANTV, Sociedad Mercantil domiciliada en Caracas y debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil que lleva el Juzgado de Comercio del Distrito Federal en fecha 20 de junio de 1930, bajo el Nº 387, cuya ultima modificación o reforma estatutaria quedo inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, en fecha 18 de diciembre de 2003, bajo el Nº 10, Tomo 184-A-Pro, contra el auto dictado en f.....