Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano ORLANDO LAGOS, contra la ciudadana BERNARDA DE JESUS PRIETO LEAL, en consecuencia, SE DECLARA RESUELTO El CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, que tuviera por objeto el inmueble constituido la Oficina No 92, , que forma parte del Edificio Centro Ejecutivo, ubicado en las esquinas de Coliseo a Peinero, Parroquia Catedral, Municipio Libertador del Distrito Capital En consecuencia, se condena a la demandada a:
PRIMERO: Entregar sin plazo alguno al actor, el inmueble objeto del contrato, libre de personas y bienes.
SEGUNDO: Pagar por concepto de indemnización de daños y perjuicios, la suma de DOS MILLONES CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 2.100.000) equivalentes a los tres meses de arrendamientos insólutos, a razón de SETECIENTO.....