PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 19 de Junio de 2007, por la abogado MAYRALEJANDRA PEREZ REGALADO, actuando en su carácter de apoderada judicial de TORRES, PLAZ & ARAUJO, contra el auto de fecha 15 de Junio de 2007, dictado por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oída en ambos efectos el 25 de Junio de 2007, con motivo del j juicio que por prestaciones sociales y otros conceptos laborales sigue el ciudadano abogado LIONEL RODRIGUEZ ALVAREZ contra TORRES, PLAZ & ARAUJO, MANUEL TORRES NUÑEZ, RODOLFO PLAZ ABREU y FEDERICO ARAUJO MEDINA. SEGUNDO: LA NULIDAD del auto de fecha 23 de Marzo de 2007, folio 321 pieza No. 4, porque omitió pronunciarse sobre el estado procesal de la causa y actuaciones subsiguientes, salvo las notificaciones y resultas incorporadas al expediente que fueron libradas antes de esa fecha, a saber: pieza No. 4, folios 327, 339, 341 y 34.....