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D I S P O S I T I V A
En virtud de los argumentos de hecho y de Derecho que anteceden, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide así:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda de divorcio, fundamentada en la causal segunda del Artículo 185 del Código Civil, que incoara el ciudadano Felipe Troyano Nacimiento en contra de la ciudadana María Josefa Ramos Domínguez, ambos ampliamente identificados en el encabezamiento de esta decisión.
SEGUNDO: En consecuencia se declara disuelto el vínculo conyugal que unía a los ciudadanos Felipe Troyano Nacimiento y María Josefa Ramos Domínguez, el cual contrajeron en fecha catorce (14) de Mayo de 1.980, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda.
TERCERO: De conformidad con lo previ.....