Ahora bien, consta de autos que fecha 13 de Noviembre de 2014, las ciudadanas MARIA TERESA NASCIMIENTO, MARIA LUISA NASCIMIENTO Y MARIA SALETE FERNANDES, en su carácter de parte actora en el presente juicio, debidamente asistidas por el Abg. JOSE MEJIAS, mediante diligencia que riela en este expediente a los folios ciento setenta y siete (177) y ciento setenta y ocho (178), DESISTIERON DE LA PRESENTE ACCION Y DEL PROCEDIMIENTO, y solicitaron del tribunal la respectiva homologación de ese acto, y siendo que la parte demandante tiene plena capacidad para disponer del objeto sobre el que versa la controversia, su apoderado tiene la representación que se atribuyen las cuales le confieren facultad para ese acto, y se trata de materias en las que no se encuentran prohibidas las transacciones, este tribunal Administrando Justicia y nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN dando por consumado el acto, debiendo procederse como Sentencia pasada en autoridad .....