IV. DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesta en fecha 22 de junio de 2016 (f.279), por el abogado PEDRO NIETO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, y SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesta en fecha 28 de septiembre de 2016 (f.294), la abogada INES SERRADA DE PADRON, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, siendo ratificadas ambas apelaciones en fechas 16 de septiembre de 2016 (f.288) y 05 de octubre de 2016 (f.294), por los mencionados apoderados judiciales, en contra de la sentencia definitiva dictada el 15 de junio de 2016 (f. 295), por el Juzgado Decimo Tercero de Municipio Ordinario y E.....