Por las razones y consideraciones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la acción de disolución del vínculo conyugal, que con fundamento en la Causal Segunda del Artículo 185 del Código Civil, intentó el ciudadano JOSE ISIDRO SANTANA contra la ciudadana IGNACIA RAMONA PEREZ, identificados en la parte narrativa de esta sentencia.