PRIMERO: Ratificar en todas y cada una de sus partes el dispositivo de la decisión acordada en la audiencia oral de cesación de la medida de Libertad Asistida, celebrada en fecha 20-12-07, en relación con el sancionado: titular de la cédula de identidad Nº 18.676.160, de 19 años de edad, residenciado en: La Vega, Los Cangilones, Barrio El Milagro, Callejón Santa Isabel, Nº 37 Caracas.
SEGUNDO: Se deja constancia asimismo que las partes quedaron notificadas de esa decisión el 20-12-07, fecha en la cual se celebró la audiencia de cesación de la sanción.