admite a trámite el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana LUXCINDIA GONZÁLEZ, Defensora Pública 8° de Adolescentes, y su procedencia será resuelta dentro de los 10 días hábiles siguientes, a la publicación de la presente decisión, tal como lo establece el primer aparte del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal.